Buzón Tributario: cómo habilitarlo y evitar multas

Evita la multa por parte de la dependencia.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a los contribuyentes que la habilitación del Buzón Tributario es una obligación fiscal desde el año 2020. El incumplimiento de esta responsabilidad puede dar lugar a multas.

En esta nota, te explicamos cómo habilitar el Buzón Tributario y cuáles son las consecuencias de no hacerlo.

¿Qué es el Buzón Tributario?

El Buzón Tributario es un canal de comunicación directa entre el SAT y los contribuyentes. Tiene el objetivo de simplificar las notificaciones de los actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera eficiente y segura.

Al habilitar este recurso, los contribuyentes acceden a un portal privado y personalizado que ofrece diversos beneficios; éstos son:

  • Economizar el tiempo de los contribuyentes, así como de los trámites que se realizan
  • Generar certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones
  • Recibir notificaciones vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.
  • Tener conocimiento de la información o resolución derivado de los trámites realizados
  • Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal
  • Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales

¿Para quién es obligatorio?

La obligación de habilitar el Buzón Tributario aplica a todos los inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con excepciones para:

  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, por estar relevados.
  • Personas físicas, sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

¿Cuáles son las multas por no hacerlo?

Al no habilitar el Buzón Tributario o señalar medios de contactos erróneos o inexistentes, se entenderá que te opones a la notificación. Por lo que, se considera una conducta infractora con multas que van desde los 3 mil 420 pesos a 10 mil 260 pesos.

¿Cómo puedes habilitar tu Buzón Tributario?

Para habilitar el Buzón Tributario, debes seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresa a la página: www.sat.gob.mx
  2. Dar clic en el botón Habilita tu Buzón Tributario ubicado en la esquina superior derecha del portal e inicia sesión:
  • Para las personas físicas: podrán ingresar con contraseña o e.firma
  • Para las personas morales: deberán ingresar únicamente con la e.firma
  1. Registra tus medios de contacto: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y teléfono celular y confírmalos dentro de 72 horas. En cada medio de contacto recibirás un aviso para informarte que está activo.

  2. Ingresa a tu Buzón Tributario y descarga el acuse.

La habilitación del Buzón Tributario es una obligación fiscal que todos los contribuyentes inscritos en el RFC deben cumplir. Al hacerlo, podrás acceder a diversos beneficios y evitar multas.

Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, te recomendamos hacerlo lo antes posible.

5 trámites obligatorios que debes realizar al SAT en 2024

5 trámites obligatorios que debes realizar en 2024 en el SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la institución encargada de vigilar que las personas físicas y morales cumplan con sus obligaciones fiscales. Para ello, establece una serie de trámites obligatorios que deben realizarse cada año.

En este artículo te presentamos los 5 trámites obligatorios que las personas físicas deben realizar en 2024.

1. Declaración anual

La declaración anual es un trámite obligatorio para todas las personas físicas que obtuvieron ingresos en el año anterior. En ella, se deben declarar los ingresos, gastos y deducciones que tuvieron durante el año.

El plazo para presentar la declaración anual es el 30 de abril de 2024.

2. Pago de impuestos

Las personas físicas deben pagar impuestos por los ingresos que obtienen. Los tipos de impuestos que deben pagar dependen de la actividad económica que realicen.

Los plazos para pagar impuestos varían según el tipo de impuesto.

3. Inscripción al RFC

El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es un documento que identifica a las personas físicas y morales ante el SAT.

Todas las personas físicas mayores de 18 años deben inscribirse al RFC.

4. Firma electrónica

La firma electrónica (e.firma) es un archivo digital que permite firmar documentos electrónicos con la misma validez que una firma autógrafa.

La e.firma es necesaria para realizar muchos trámites ante el SAT.

5. Constancia de Situación Fiscal y Cédula Fiscal

La Constancia de Situación Fiscal es un documento que muestra la información fiscal de una persona física o moral.

La Cédula Fiscal es un documento que identifica a una persona física o moral ante el SAT.

Realizar los trámites obligatorios ante el SAT es importante para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar sanciones.

Si necesitas más información sobre cómo realizar estos trámites, puedes consultar el portal del SAT o llamar al 55 62 72 27 28.

Haz cuentas: así puedes saber si el SAT te devolverá dinero

No todo es pagar, a veces el SAT puede sorprenderte con un dinero de vuelta. Te decimos cómo revisar si tienes saldo a favor.

Si fuiste cumplido con tus obligaciones fiscales el SAT puede hacerte devoluciones por tener saldo a favor.

Esto ocurre cuando pagaste más de lo que debías de impuestos, por lo que puedes solicitar las devoluciones que te correspondan.

Este es un derecho señalado en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, artículo 2, fracción II.

Cómo saber si tengo saldo a favor
Primero, cómo saber si tengo un saldo a favor. Así puedes verificarlo: entra al sitio del SAT, luego a tu buzón tributario, indica si eres persona física o moral.

Luego te pedirá tu RFC, contraseña y firma electrónica. Debes presentar tu declaración y después revisar en Devoluciones y compensaciones para saber si tras la declaración tienes un saldo a favor.

La devolución puede llegar automáticamente una vez que cumpliste con los pasos mencionados arriba y si el monto está entre los 10 mil y 150 mil pesos.

El SAT tiene 40 días para realizar la devolución.

Qué hacer si no procede mi devolución
Si hay algún problema con tu devolución y no se autoriza o se autoriza parcialmente puedes consultar los motivos y lo que puedes hacer para solventar los faltantes.

También puedes presentar una declaración complementaria con las inconsistencias corregidas o solicitar la devolución a través del Formato Electrónico de Devoluciones.

Recuerda que la devolución no procederá si te encuentras en el catálogo de incumplidos publicado en el portal del SAT o si presentas una declaración distinta al ejercicio que corresponda.