SAT desmiente vigilar a usuarios de Netflix y Spotify tras reforma al Código Fiscal

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) desmintió las versiones que señalan que la reciente reforma al Código Fiscal de la Federación le permitirá vigilar la actividad de los usuarios de plataformas digitales como Netflix, Amazon Prime Video, Spotify o HBO Max.

A través de un comunicado, el organismo aclaró que no tiene facultades para acceder a información personal o de consumo de los suscriptores, ni para monitorear la actividad de quienes utilizan servicios de streaming en México.

“En ningún momento se establece que el SAT podrá acceder a la información de los usuarios o a la actividad que tengan en las plataformas, ni mucho menos se incluyen fines de vigilancia a las personas”, afirmó el SAT en su posicionamiento oficial.

El pronunciamiento se da luego de que opositores a la reforma calificaran la medida como una “Ley Espía”, al considerar que violaría la privacidad de los usuarios. Sin embargo, el SAT precisó que las disposiciones aprobadas se limitan únicamente al cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de las empresas proveedoras de servicios digitales, y no a sus clientes.

📘 Detalles de la reforma

La reforma, aprobada el 16 de octubre por la Cámara de Diputados con 335 votos a favor y 122 en contra, contempla la adición del artículo 30-B. Este establece la obligación de que las plataformas digitales permitan al SAT el acceso en línea y en tiempo real a información que confirme que cumplen con sus obligaciones tributarias.

El Poder Ejecutivo Federal argumentó que la medida busca fortalecer el control de la recaudación y evitar la evasión fiscal de las grandes plataformas internacionales.

⚠️ Posibles sanciones

La iniciativa también prevé sanciones en caso de incumplimiento: si una empresa se niega a permitir el acceso requerido o no paga sus impuestos, podría bloquearse temporalmente el acceso a su servicio digital en México.

Por ahora, el proyecto ha sido remitido al Senado de la República, donde se analizará para su aprobación definitiva.

El SAT reiteró que los usuarios pueden estar tranquilos, ya que la reforma no autoriza la vigilancia ni el uso de datos personales, sino que busca garantizar el cumplimiento fiscal de las plataformas digitales.

Trabajadores del SAT continúan paro nacional para exigir aumento salarial; Sheinbaum asegura que “son muy pocos”

El paro de labores de los trabajadores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) continuó este miércoles 15 de octubre, luego de que los empleados exigieran aumentos salariales y mejores condiciones laborales en todo el país.

La protesta, iniciada el martes bajo la modalidad de “brazos caídos”, consiste en que los trabajadores permanecen en sus puestos sin realizar actividades. En la Ciudad de México, algunos manifestantes también realizaron bloqueos intermitentes en vialidades como Viaducto Río Piedad, en la colonia Granjas México (Iztacalco), y en la calle Majuelos, en Xochimilco.

En un comunicado difundido en redes sociales, los inconformes advirtieron que continuarán en paro “hasta que el SAT emita un comunicado oficial que atienda las demandas del personal de enlace”.

De acuerdo con la institución, la atención al público se mantuvo con normalidad en 155 de los 162 módulos a nivel nacional. Solo se suspendieron operaciones en Chihuahua, Celaya, Guadalajara Sur, Zapopan y en las oficinas Oriente y Sur de la CDMX. En total, el organismo reportó 59,248 atenciones y la reprogramación de 3,258 citas, equivalente al 5 % del total diario.

El SAT destacó que mantiene abiertos los canales de diálogo y cooperación con los empleados, en un marco de respeto y responsabilidad institucional.

Por su parte, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo informó que el paro involucra aproximadamente 400 de los 25,000 trabajadores que integran la plantilla del SAT, e indicó que ya se mantiene una mesa de trabajo con apoyo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para revisar las peticiones.

“Se va a revisar. Hay tabuladores salariales que deben respetarse, pero estamos analizando opciones como una posible reclasificación. El diálogo continúa entre la dirección del SAT y los trabajadores, que realmente son muy pocos”, declaró Sheinbaum.

Entre las principales exigencias de los trabajadores destacan:

  • Aumentos salariales justos.
  • Instalaciones dignas para desempeñar su labor.
  • Respeto a los horarios laborales.
  • Apoyos para mujeres embarazadas o en lactancia.

Los empleados denunciaron además que, en muchos casos, deben aportar materiales de oficina —como bolígrafos, engrapadoras y carpetas— y cubrir con recursos propios los traslados a los domicilios de contribuyentes durante las visitas de campo.

El movimiento continúa en diversas regiones del país, mientras las autoridades federales buscan una salida negociada que garantice tanto la operatividad del SAT como el bienestar de sus trabajadores.

SAT podría bloquear Netflix, YouTube y Spotify si no entregan datos en tiempo real

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca endurecer las reglas para las plataformas de streaming en México. A través de una propuesta incluida en la reforma al Código Fiscal de la Federación 2026, el Gobierno de Claudia Sheinbaum plantea que servicios como Netflix, YouTube y Spotify deberán entregar información en tiempo real de todas sus operaciones, o de lo contrario podrían enfrentar un bloqueo temporal en el país.

¿Qué plantea la reforma del SAT para las plataformas digitales?

El proyecto propone adicionar un artículo 30-B que obliga a los prestadores de servicios digitales a otorgar al SAT acceso en línea y en tiempo real a los registros de sus sistemas centrales. Esto con el objetivo de mejorar la eficiencia recaudatoria y garantizar un pago justo de impuestos por parte de las grandes tecnológicas que operan en México.

Actualmente, el artículo 18-B de la Ley del IVA ya considera como servicios digitales a aquellos prestados por empresas extranjeras mediante aplicaciones o contenido en internet, pero la nueva medida busca mayor control fiscal.

¿Habrá nuevos impuestos para Netflix o Spotify?

La autoridad aclaró que la propuesta no contempla un aumento de impuestos a plataformas de streaming, sino un mayor control sobre la información y el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Sin embargo, sí establece sanciones más severas: si una plataforma no designa representante legal en México, no tiene domicilio fiscal, no tramita firma electrónica avanzada o incumple con el pago de impuestos, podría ser bloqueada a través de concesionarios de telecomunicaciones como Telmex, Telcel, Izzi o Totalplay.

Impacto para los usuarios

Aunque oficialmente no se contempla un incremento en los precios de suscripción, la reforma genera inquietud entre los usuarios, pues un bloqueo temporal afectaría directamente a millones de clientes en México. La medida también alcanzaría a servicios de música, videojuegos y deportes en línea, además de series y películas.

Con esta reforma, el SAT busca fortalecer la recaudación digital en México y alinearse con las tendencias globales de control fiscal a plataformas tecnológicas.

SAT busca facultad para bloquear Netflix, YouTube y Spotify en México por incumplimiento fiscal

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pretende obtener nuevas facultades que le permitan ordenar el bloqueo temporal de plataformas digitales como Netflix, YouTube y Spotify en caso de incumplimiento fiscal. La propuesta forma parte del proyecto de reforma al Código Fiscal de la Federación 2026, actualmente en análisis.

¿En qué consiste la propuesta del SAT?

La iniciativa plantea la creación del artículo 30-B, que obligaría a los prestadores de servicios digitales a otorgar al SAT acceso en línea y en tiempo real a la información de sus sistemas centrales, desde operaciones hasta transacciones financieras.

En caso de que una empresa niegue la entrega de información o incumpla con el pago de impuestos, el SAT podría instruir a los concesionarios de telecomunicaciones —como Telmex, Telcel, Izzi o Totalplay— a bloquear temporalmente el acceso a dichas plataformas en todo el territorio nacional.

Un “botón de apagado digital”

De aprobarse, especialistas señalan que México contaría con un auténtico “botón de apagado digital”, que colocaría al país entre los regímenes de control fiscal más estrictos de América Latina. El Gobierno justifica esta medida al señalar que el crecimiento del mercado digital ha generado huecos legales que han permitido a grandes tecnológicas minimizar sus obligaciones fiscales.

Antecedentes de la propuesta

No es la primera vez que surge una iniciativa similar. En 2021, la Ley del IVA ya incluía un mecanismo de suspensión contra plataformas extranjeras que no se registraran ante el SAT. Ese mismo año, se intentó incorporar una medida parecida en la Ley de Telecomunicaciones, pero fue retirada tras críticas que la calificaban como un intento de censura digital.

La diferencia actual es que el mecanismo se trasladaría al Código Fiscal de la Federación, lo que le otorgaría un marco legal más sólido y permanente.

Lo que viene

La propuesta deberá discutirse en la Cámara de Diputados como parte del paquete fiscal 2026. De aprobarse, el SAT tendría una de las herramientas más poderosas para controlar el cumplimiento tributario en plataformas digitales, con un impacto directo en millones de consumidores mexicanos y en la operación de gigantes tecnológicos internacionales.

SAT puede multarte hasta con 35 mil pesos si recibes transferencias de dinero y no cumples esta condición

Muchas personas en México recurren a familiares o amigos para recibir apoyo económico en situaciones imprevistas o para concretar compras importantes. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) advierte que existe una condición clave al recibir transferencias de dinero: si no se cumple, se puede generar una multa de hasta 35 mil pesos mexicanos.

De acuerdo con la legislación vigente, cualquier préstamo o transferencia que supere los 600 mil pesos debe ser reportado al SAT. Esta disposición se fundamenta en el Artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), el cual otorga a la autoridad fiscal la facultad de exigir la declaración de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o incrementos de capital recibidos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera.

El portal oficial del SAT aclara:

“El artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece la obligación de presentar la información de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores de $600,000.00.”

El objetivo de esta regulación es evitar que la entrada de sumas elevadas se interprete como ingresos no declarados o aumentos de capital, lo que obliga a los contribuyentes a presentar la declaración correspondiente.

Es importante destacar que el SAT no considera como “efectivo” las operaciones realizadas mediante transferencias electrónicas, cheques o traspasos de cuentas. Sin embargo, el monto recibido podría estar sujeto a revisión si la autoridad determina que se trata de un incremento de capital.

Para quienes deseen evitar sanciones económicas, una alternativa es realizar el préstamo a través de una institución financiera, ya que estas operaciones quedan registradas y supervisadas por el SAT. De esta manera, se asegura el cumplimiento de las obligaciones fiscales y se reducen los riesgos de enfrentar multas.

En conclusión, recibir apoyo económico de familiares o amigos puede ser útil, pero es fundamental respetar el límite de 600 mil pesos y declarar las operaciones cuando la ley lo exige, evitando así sanciones que afectan directamente el bolsillo de los contribuyentes.

¿Es obligatorio declarar las tandas ante el SAT? Límite de depósitos y recomendaciones fiscales

En México, las tandas son una práctica común de ahorro comunitario que permite a los participantes acceder a sumas de dinero en turnos establecidos. Aunque no están reguladas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y no son ilegales, los depósitos o transferencias relacionados con estas actividades pueden tener implicaciones fiscales si superan ciertos límites.

El SAT ha aclarado que las tandas no se consideran ingresos gravables; sin embargo, existe un punto crítico: cuando los depósitos en efectivo realizados por un organizador o participante superan los 15 mil pesos mensuales, las instituciones financieras están obligadas a reportarlos. Este umbral aplica para cualquier tipo de depósito en efectivo, sin importar su origen.

Si la autoridad fiscal detecta movimientos que no puedan justificarse adecuadamente, podría clasificarlos como ingresos no declarados, lo que implicaría el pago de impuestos, recargos y sanciones por omisión.

Recomendaciones del SAT para evitar problemas fiscales
Para prevenir revisiones y garantizar que la participación en tandas no genere conflictos con la autoridad, el SAT sugiere:

  • Manejar efectivo siempre que sea posible, evitando transferencias o depósitos que activen alertas automáticas.
  • Registrar cada movimiento de dinero, con nombres de los participantes, fechas y montos, especialmente si se usan transferencias bancarias.
  • Ser transparente con la autoridad fiscal, declarando ingresos cuando se superen los límites permitidos.

Participar en tandas puede ser una herramienta útil para el ahorro, pero es fundamental conocer las reglas fiscales y documentar adecuadamente cada transacción. De esta manera, podrás disfrutar de este mecanismo de ahorro sin arriesgarte a multas o investigaciones por parte del SAT.

SAT advierte sobre tarjetas departamentales: gastos no justificados podrían causar multas y sanciones

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una advertencia a los usuarios de tarjetas departamentales como las de Coppel, Liverpool, Elektra y Suburbia, debido al riesgo de incurrir en discrepancias fiscales que pueden derivar en multas, recargos e incluso procesos penales.

Aunque estas tarjetas no son emitidas por bancos tradicionales, las tiendas que las otorgan están obligadas a reportar los movimientos financieros al SAT, el cual puede cruzar esta información con las declaraciones fiscales de cada contribuyente.

La autoridad fiscal explicó que si una persona gasta más dinero del que declara como ingreso, se podría interpretar como ingresos no reportados, lo que representa una inconsistencia fiscal grave. Esto puede derivar en multas que van del 15% al 70% del monto no justificado, recargos, embargos de bienes o incluso acusaciones por defraudación fiscal.

Además, el SAT aclaró que incluso si el titular presta la tarjeta a familiares o amigos, todas las compras quedan registradas a su nombre, por lo que podría enfrentar las consecuencias legales derivadas de esos gastos.

¿Qué recomienda el SAT?

Para evitar problemas con el fisco, el SAT recomienda utilizar las tarjetas departamentales de forma responsable y solo para realizar gastos compatibles con los ingresos reportados. También es fundamental conservar comprobantes fiscales (CFDI) y llevar un registro detallado de los movimientos para justificar adecuadamente las compras ante cualquier revisión.

El uso incorrecto o descontrolado de este tipo de tarjetas puede representar un riesgo fiscal innecesario, por lo que los contribuyentes deben mantenerse informados y actuar con responsabilidad financiera.

Compras en Shein y Temu pagarán más impuestos en México: esta es la nueva tasa para 2025

Si realizas compras frecuentes en Shein, Temu o AliExpress, es importante que tomes en cuenta los nuevos ajustes fiscales que impactarán directamente tu presupuesto. El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Hacienda, publicó una actualización en las Reglas Generales de Comercio Exterior 2025, en la que se incrementan los impuestos aplicables a las importaciones por paquetería internacional, especialmente aquellas provenientes de países sin tratados comerciales con México, como China.

📌 ¿Cuánto se pagará de impuestos por paquetería internacional?

A partir de esta actualización, los productos importados mediante el esquema simplificado de mensajería y paquetería estarán sujetos a una tasa global del 33.5% sobre el valor declarado, frente al 19% que se aplicaba anteriormente. Esta medida no aplica a mercancías procedentes de Estados Unidos o Canadá, siempre que cumplan con las condiciones del T-MEC.

Para envíos cuyo valor en aduana supere los 117 dólares, se aplicará una tasa del 19%, siempre que cuenten con guía aérea o conocimiento de embarque y no estén sujetos a regulaciones o restricciones no arancelarias. Esta tasa también representa un aumento respecto al 17% anterior.

🔍 SAT intensifica vigilancia contra contrabando

El SAT ha reforzado la vigilancia sobre las importaciones de plataformas como Shein y Temu, luego de detectar prácticas indebidas que buscaban evadir impuestos. En 2023, denunció casos de contrabando y defraudación fiscal por parte de empresas de mensajería.

Estas nuevas tarifas también buscan proteger la producción nacional frente a mercancías extranjeras de sectores como acero, aluminio, plástico, calzado y cerámica. Las disposiciones estarán vigentes hasta el 23 de abril de 2026.

🛒 ¿Qué hacen Shein y Temu para evitar aranceles?

Ante este escenario, Shein, Temu y AliExpress han comenzado a incluir vendedores mexicanos en sus marketplaces para reducir costos logísticos y evitar aranceles. Shein fue la primera en lanzar su marketplace nacional en 2023, seguido por Temu y AliExpress en 2024 y 2025.

La estrategia de regionalización ha ganado fuerza, ya que permite acelerar los tiempos de entrega —que antes podían tardar hasta un mes— y mantener la competitividad frente a plataformas que ya ofrecen entregas en 24 horas.

Según datos de la AMVO, en 2024 el valor de las ventas online en México alcanzó los 789,700 millones de pesos, lo que representa un crecimiento de más del 300% desde 2019. Con el nuevo panorama fiscal, se espera que la tendencia de integrar proveedores locales continúe en ascenso.

Atención clientes de Liverpool, Coppel y Suburbia: el SAT impondrá multas por uso indebido de tarjetas de crédito departamentales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha confirmado que impondrá multas a usuarios de tarjetas de crédito departamentales como las de Liverpool, Coppel y Suburbia, en caso de detectarse inconsistencias fiscales entre los ingresos declarados y los gastos realizados.

Aunque muchos consideran que las tarjetas departamentales están exentas de vigilancia fiscal, la realidad es distinta. El SAT puede sancionar a cualquier contribuyente que registre gastos que no coinciden con sus ingresos reportados, sin importar si las compras se hicieron con tarjetas bancarias o departamentales.

¿Por qué el SAT sanciona a los usuarios de tarjetas departamentales?

El principal motivo es la llamada discrepancia fiscal, que ocurre cuando los gastos superan de forma considerable los ingresos que el contribuyente declaró ante el SAT. Si bien no se trata de una fiscalización exclusiva a las tiendas, el uso de tarjetas emitidas por Liverpool, Coppel o Suburbia puede generar alertas si se observan movimientos financieros sospechosos.

Las instituciones financieras y comerciales están obligadas a reportar al SAT los movimientos relevantes de sus clientes, lo que permite al organismo detectar diferencias e iniciar procedimientos de revisión.

¿De cuánto pueden ser las multas del SAT?

Cuando se confirma una discrepancia y el contribuyente no puede justificar el origen legal de los recursos, el SAT puede aplicar multas que van del 15% al 70% del monto no justificado, además de recargos y posibles cargos por defraudación fiscal.

Una práctica riesgosa es utilizar la tarjeta para hacer compras a nombre de otras personas. Aunque el dinero provenga de un tercero, el SAT considera el gasto como propio del titular, lo que puede derivar en presunción de ingresos ocultos si no se refleja en la declaración anual.

¿Te pueden multar solo por tener una tarjeta departamental?

No. Tener una tarjeta departamental no implica sanción automática. Sin embargo, es fundamental que su uso sea personal, responsable y coherente con los ingresos reportados al SAT. En la actualidad, la autoridad fiscal dispone de tecnología avanzada para detectar movimientos atípicos, por lo que se recomienda mantener en orden la documentación y declaraciones.

¿Por qué el SAT revisa con lupa las declaraciones anuales? Estas son las razones del retraso en devoluciones

Si presentaste tu declaración anual y aún no recibes tu devolución de impuestos, no estás solo. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha intensificado la revisión de las declaraciones anuales, lo que ha generado retrasos en la devolución de saldos a favor para muchos contribuyentes.

De acuerdo con Rolando Silva, vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), el SAT cuenta por ley con hasta 40 días hábiles para notificar si necesita información adicional o para efectuar la devolución correspondiente.

“El hecho de que aún no se haya devuelto el saldo a favor no significa que el SAT se esté excediendo en sus facultades. Todavía está dentro del plazo legal”, explicó Silva.

¿Por qué hay demoras en las devoluciones de impuestos?

El SAT detectó que en ejercicios anteriores se autorizaron devoluciones improcedentes, lo que ha motivado una mayor cautela en la validación de solicitudes actuales. Ahora, cada solicitud pasa por una revisión más estricta para garantizar que los montos devueltos correspondan a lo reportado.

“Las demoras se deben a una revisión más profunda y a modificaciones en los sistemas internos del SAT para automatizar procesos de fiscalización”, añadió Silva.

Por su parte, Héctor Amaya, presidente del IMCP, recomendó a los contribuyentes presentar su declaración lo antes posible para evitar cuellos de botella antes del 30 de abril, fecha límite para cumplir con esta obligación.

Además, sugirió verificar que la información declarada coincida con los CFDI registrados y, en caso de tener un saldo a favor, solicitar la devolución con todos los documentos necesarios.

¿Qué pasa si el SAT pide información adicional?

Amaya aclaró que si el SAT solicita datos complementarios, no se trata de un rechazo, sino de un segundo análisis antes de aprobar la devolución.

“No hay rechazo si piden información. Es una revisión adicional. Si hay dudas, lo mejor es acercarse a los colegios de contadores públicos, que tienen presencia en más de 100 ciudades del país y pueden orientar a los contribuyentes mediante el sistema de síndicos”, explicó.

En conclusión, el SAT está actuando con mayor cautela, pero dentro del marco legal. Si eres contribuyente y estás esperando tu devolución, mantén tus comprobantes fiscales actualizados y responde oportunamente cualquier requerimiento de la autoridad fiscal.