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Régimen Simplificado de Confianza: Esto es lo que se puede hacer (y lo que no)

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular la Miscelánea Fiscal 2022, la cual dispone de diversos cambios en disposiciones fiscales. Uno de los cambios más importantes es la creación del Régimen Simplificado de Confianza (RSC), el cual está dirigido a todos los emprendedores o pequeños negocios cuyos ingresos no rebasen los 3.5 millones de pesos anuales.

Asimismo, también busca simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las pequeñas y medianas empresas, y contar con facilidades administrativas y tasas preferentes del impuesto sobre la renta (ISR). Estos contribuyentes pagarían una tasa de ISR de entre 1% y 2.5%, dependiendo de sus ingresos.

Algo muy importante que todo emprendedor debe saber, es que si ya estabas en un régimen anterior, no puedes entrar en este nuevo régimen de confianza, porque está diseñado para que sea la primera vez que pagues impuestos, así lo señala Juan Pacheco, socio director en de la Paz, Costemalle – DFK.

“Si tú como persona física ya tributaste en 2021 o antes bajo cualquier régimen, no te dejan inscribirte a este,  tiene que ser tu primer acto fiscal, tu primera participación fiscal como empresario, persona física o persona moral, eso es muy importante”, indicó Juan Pacheco.

Sin embargo, Edilberto Castro Martínez, especialista fiscal, indica que la oferta que actualmente está dando el SAT es que las personas que están en el RIF, que están tributando y que cumplen con las características, se puedan pasar al Régimen Simplificado de Confianza.

Algo a tener en cuenta, es que los que se inscribieron a partir de agosto de este año a la fecha al RIF se irán automáticamente al RSC y los que se quedaron, las autoridades les darán otra opción de quedarse en el régimen que estás o te pasas al de confianza. Todo esto se sigue discutiendo en el Senado.

“La oferta es que, efectivamente, el régimen pueda permitir pasar a las personas que ya están tributando y cumplen con las características para pasarse a este nuevo régimen de confianza. De entrada, ya han dicho que los que se inscribieron de agosto (2021) para acá se van a ir automáticamente al nuevo régimen, a los que se quedaron les van a dar la opción de: ‘o te quedas en RIF o te pasas al de confianza’”, señala en entrevista Edilberto Castro.