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Diputados buscan aplicar impuesto y etiquetado a bebidas electrolíticas en México

Diputados de los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y del Partido del Trabajo (PT) presentaron una iniciativa para reformar las leyes del IVA, del IEPS y de Salud, con el fin de regular la comercialización de las bebidas electrolíticas orales que actualmente se venden como productos de uso terapéutico.

La propuesta plantea eliminar la tasa cero de IVA que hoy se aplica a estos productos y cobrarles el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), además de exigir que incluyan sellos de advertencia sanitaria en su etiquetado.

Argumentos de la iniciativa

Los legisladores Ernesto Núñez Aguilar, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Reginaldo Sandoval Flores y José Antonio López Ruiz sostienen que varias marcas han utilizado de manera indebida su registro como “medicamento” para evadir impuestos y el etiquetado frontal que alerta sobre el alto contenido de azúcares, establecido en la NOM-051.

De acuerdo con la exposición de motivos, esta práctica ha generado una distorsión en el mercado y un riesgo para la salud pública, ya que los consumidores perciben estas bebidas como terapéuticas, aunque su composición es más cercana a la de un refresco.

En cifras, se calcula que en los últimos cinco años se dejaron de recaudar 9,000 millones de pesos por IVA y más de 3,000 millones por IEPS. Además, la marca líder del sector reportó ventas superiores a 16,000 millones de pesos en 2024.

Diferencias con las fórmulas de la OMS

Los legisladores subrayaron que estas bebidas difieren significativamente de la fórmula de rehidratación oral recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que contiene 1.35 gramos de glucosa por cada 100 ml. En contraste, algunas versiones comerciales alcanzan hasta 5 gramos de azúcar, es decir, casi cuatro veces más.

Cambios legales propuestos

La iniciativa propone modificar el artículo 2-A para que las bebidas electrolíticas dejen de ser consideradas como medicinas y alimentos, y pasen a la categoría de “bebidas saborizadas” cuando contengan azúcares o edulcorantes añadidos. Esto las haría sujetas a la cuota vigente de $1.6451 por litro.

Asimismo, se plantea adicionar el artículo 212 Bis a la Ley General de Salud, obligando a estos productos a portar etiquetado frontal de advertencia si superan los límites de azúcares, edulcorantes u otros nutrientes críticos.

De aprobarse, el decreto entraría en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y los productores tendrían 120 días adicionales para adecuar su etiquetado.

Objetivo de la reforma

Con esta medida, los diputados buscan garantizar la equidad fiscal y proteger la salud de los consumidores, asegurando que tengan información clara y transparente al momento de elegir lo que consumen.